NUEVOS ACUERDOS Centro de Conciliación Extrajudicial

Quienes somos


NUEVOS ACUERDOS, Centro de Conciliación Extrajudicial autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para ejercer la función conciliadora en asuntos de materia civil, comercial y de familia ubicado en el distrito de San Isidro, en la Ciudad de Lima, Perú.

Nuestra función es ofrecer un lugar neutral donde partes en conflicto puedan acercarse y, con nuestra ayuda, solucionar sus problemas. Todo nuestro staff de profesionales e infraestructura, están a su servicio.

Servicios que ofrecemos


 Ejercemos la función conciliadora respecto de los siguientes asuntos conciliables:

Materia Familiar :

- Régimen de Alimentos con hijos menores o mayores de edad.
- Régimen de Visitas.
- Régimen de Tenencia y Custodia.











      

Materia Civil:

- Convocatoria a junta o asamblea.
- Desalojos.
- División y Partición de bienes.
- Incumplimiento de contrato.
- Indemnización.
- Obligación de hacer y no hacer.
- Obligación de dar suma de dinero.
- Pago de deudas.
- Otorgamiento de escritura pública.
- Rectificación de áreas.
- Resolución de Contratos.
- Ofrecimiento de pago.
- Problemas vecinales.
- Otros sobre derechos disponibles.

Descargas


 Los procedimientos conciliatorios únicamente pueden iniciarse a solicitud de parte. La parte solicitante puede ser una persona Natural o Jurídica. En el segundo caso, es necesaria la presentación de una Vigencia de Poder, la cual no puede tener una antigüedad mayor a 01 mes.

La presentacion de la Solicitud para conciliar puede ser presentada en forma Individual (lo que supone cursar invitaciones a la parte Invitada) o de forma Conjunta.

Si necesita una mayor orientación, comuníquese con nosotros en forma gratuita y sin ningun tipo de compromiso.
En esta página puede descargar la solicitud y presentarla directamente
en nuestras oficinas, de Lunes a Viernes, en el horario corrido de 9am a 6pm.


-Solicitud INDIVIDUAL PERSONA NATURAL (MODELO)

-Solicitud INDIVIDUAL PERSONA JURIDICA (MODELO)

C O N C I L I A






 Constitucionalmente, para resolver un conflicto, las personas naturales o juridicas pueden acudir a la vía Judicial o la vía Arbitral. Previo a ello, nuestra legislación posibilita el poder solucionar una controversia vía Conciliacion Extrajudical.

Conciliar supone también un espacio de negociación y sobretodo de llegar a acuerdos consensuados a fin de solucionar cualquier tipo de conflicto.

El acuerdo se constituirá en una solución de obligatorio cumplimiento en los términos que se establezcan para las partes participantes. Nuestra Ley, le da a un Acta de Conciliación Extrajudicial que contenga acuerdos, un valor similar al de una Sentencia Judicial Firme.

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Úbiquenos en:

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Oficina N° 201, San Isidro – Lima, Perú.
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(a 3 cuadras de la 33/34 de Av. Salaverry o de la 16/17 de Av. El Ejercito)

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